Alivio en el sector de talleres tras la anulación de las Zonas de Bajas Emisiones en Madrid por el TSJM

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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha emitido una sentencia que supone un respiro para los talleres y pequeños negocios de la capital. Los magistrados han anulado varios preceptos clave de la Ordenanza de Movilidad Sostenible del Ayuntamiento de Madrid, modificada en 2021, que establecía las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) en el municipio. Esta decisión responde, entre otros motivos, a la “insuficiencia del informe de impacto económico”, que no consideraba adecuadamente las repercusiones sobre los sectores más vulnerables económicamente.

La sentencia del TSJM subraya que las medidas restrictivas impuestas por la Ordenanza afectaban, presumiblemente, a personas y colectivos empresariales con menos capacidad económica, como los talleres, los autónomos, y las microempresas. En repetidas ocasiones, la Asociación de Talleres de Madrid (Asetra) había advertido sobre el impacto negativo que las ZBE tendrían sobre la viabilidad económica de los talleres, señalando la necesidad de una mayor sensibilidad por parte de las autoridades municipales.

Asetra ha destacado que los talleres no solo proporcionan un servicio esencial a los ciudadanos, sino que también contribuyen significativamente a la economía local mediante la creación de empleo y el pago de impuestos. Por ello, la asociación ha instado al Ayuntamiento a considerar estas aportaciones al momento de legislar en materia de movilidad urbana y calidad del aire.

La decisión judicial mantiene intacto el resto del texto de la Ordenanza, permitiendo que otras disposiciones sobre las ZBE y Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDPE) puedan establecerse en el futuro, siempre que se respeten los principios de proporcionalidad y se realicen evaluaciones económicas exhaustivas. No obstante, la anulación de estas disposiciones específicas supone un alivio para los talleres, que veían en las ZBE una amenaza directa a su sostenibilidad económica.

Este fallo se produce tras un recurso presentado por el Grupo Municipal de Vox, que alegaba irregularidades en la aprobación de la Ordenanza. Aunque el TSJM no cuestiona la necesidad de medidas para reducir la contaminación atmosférica conforme a las normativas europeas y nacionales, enfatiza la importancia de equilibrar los objetivos ambientales con el impacto económico en los sectores más vulnerables, un aspecto que no fue suficientemente valorado en la normativa anulada.

Con esta sentencia, se abre un nuevo capítulo en la regulación de la movilidad en Madrid, donde la necesidad de proteger el medio ambiente deberá coexistir con la salvaguarda de los derechos y la viabilidad económica de los pequeños negocios, en particular los talleres, que desempeñan un papel crucial en la vida diaria de la ciudad.